SIEMPRE CON COPIA OCULTA (CCO), POR FAVOR.

La Agencia Española de Protección de Datos (en adelante la AEPD) ha resuelto sobre si el envío de un correo electrónico a 42 destinatarios distintos, incluyendo las direcciones de e-mail en el campo “Con Copia (CC)” dejando, por tanto, visibles a todos los destinatarios las direcciones de correo electrónico de los receptores, es o no sancionable.
A juicio de la AEPD, ha supuesto una vulneración del deber de sigilo, pues no debería haber dado a conocer las direcciones de correo electrónico al resto de destinatarios; es decir, debería haber utilizado la opción “Con Copia Oculta” (CCO).
Sin embargo, la sancionada alegó contra la denuncia formulada que la dirección de correo electrónico de la denunciante puede ser encontrada en Internet en diferentes páginas, y que por tanto no ha vulnerado ningún secreto pues ella misma publica su dirección electrónica en Internet.
Actualizado (Martes, 02 de Marzo de 2010 00:01)














